caballos
¿Por qué es importante tener un seguro para tu caballo?
Un seguro para tu caballo puede protegerlo en caso de enfermedad, accidente o lesión. Además, también puede cubrir gastos veterinarios y responsabilidad civil.
¡No dejes a tu compañero equino desprotegido y elige el mejor seguro para él!
¿Cómo asegurar caballos?
Para contratar un seguro para el caballo, siempre debemos disponer de su tarjeta sanitaria, en la que aparecen datos como el nombre del propietario del animal, el del equino, las vacunas, su historial de enfermedades y la raza. La persona que contrata el seguro puede ser el dueño del animal u otra.
Coberturas opcionales
Garantiza la atención veterinaria por cólico del animal
Asistencia veterinaria originada por accidente o enfermedad del animal, con una amplia red de Centros Veterinarios Colaboradores
Robo, retirada de cadáveres, responsabilidad civil y peste equina
¿Qué cobertura tiene un seguro de responsabilidad civil?
El seguro de responsabilidad civil es una póliza que cubre las reclamaciones por daños personales y materiales ocasionados a un tercero.
Esto significa que si, por ejemplo, tu caballo accidentalmente causa daño a una persona o a su propiedad, el seguro de responsabilidad civil puede ayudarte a cubrir los costos asociados con la reparación del daño y/o la compensación económica por ello.
Es importante tener en cuenta que este tipo de seguro solo cubre daños accidentales y no aquellos causados intencionalmente.
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¿Es obligatorio contratar un seguro para caballos?
No es obligatorio contratar un seguro para caballos, sin embargo, el dueño está obligado a responder ante los perjuicios que provoque a terceras personas. Si el propietario no dispone de una cobertura de responsabilidad civil adecuada y provoca algún daño de este tipo, puede suponer un gran desembolso económico para él.
¿Puedo asegurar cualquier tipo de caballo?
Sí, se puede asegurar todo tipo de caballos, aunque será imprescindible que sean identificables a través de un microchip y, por regla general, pasar una inspección previa por parte de un veterinario para comprobar el estado del animal.
¿Qué dice el Código Civil de los animales?
El artículo 567 del Código Civil prescribe que los animales tienen el estatus jurídico de cosas muebles. La norma señala que los bienes muebles son los que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas, dando como ejemplo a los “animales”, que también denomina como “semovientes”.